CARGANDO

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Fondo de estabilización de precios del azúcar

caña de azucar

Es un instrumento de la política agrícola de Colombia, establecida en la Ley 101 de 1993 y organizado para el sector azucarero a través del Decreto 569 de 2000. Los objetivos dados por la ley para este tipo de fondos son: procurar un ingreso remunerativo, regular la producción nacional e incrementar las exportaciones. Los instrumentos de estabilización son dos: las cesiones , que se generan cuando el precio de venta en un mercado dado excede los precios de referencia, y las compensaciones, cuando el precio es inferior a los precios de referencia. Su naturaleza es de saldo cero, es decir, todos los ingresos por cesiones se utilizan para el pago de compensaciones, salvo por el costo que genera su operación.


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TRANSMISIÓN DE DATOS

Para efectos de la liquidación de las operaciones de estabilización de cada periodo, se ha habilitado un portal WEB para que los responsables de reportar la información de producción, ventas e inventarios transmitan periódicamente la información requerida. Esta información debe ajustarse a los parámetros exigidos en los manuales de transferencia y hacerse dentro de las fechas establecidas en el calendario de transmisión..

SISTEMA DE VOTACIÓN

El Comité Directivo del Fondo de Estabilización de Precios para los azúcares centrifugados, según lo dispuesto en el artículo 8° del Decreto 569 de 2000 por el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado quien lo presidirá, el Ministro de Comercio Exterior o su delegado, siete (7) representantes de los productores de azúcares centrifugados o sus suplentes y cuatro (4) representantes de los cultivadores y de caña o sus suplentes, los cuales se elegirán para un período de un (1) año.

Las elecciones son organizadas por Asocaña, como entidad administradora del FEPA,  quien las convoca a través de un diario de circulación nacional. La realización de las mismas cuenta con el apoyo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, quien designa a los jurados de votación y facilita testigos durante su realización.

Si desea consultar el Comité Directivo elegido para el período 1 de mayo de 2023 al 30 de abril de 2024, haga clic sobre el botón de Ingresar


PUBLICACIONES

Elaborado por:FEPA Publicado:06-03-2024 Tamaño: 59 Kb
Elaborado por:FEPA Publicado:06-03-2024 Tamaño: 16 Kb
Elaborado por:FEPA Publicado:06-03-2024 Tamaño: 18 Kb
Elaborado por:FEPA Publicado:05-03-2024 Tamaño: 12 Kb
Elaborado por:FEPA Publicado:06-02-2024 Tamaño: 89 Kb
Elaborado por:FEPA Publicado:06-02-2024 Tamaño: 15 Kb